Preguntas Frecuentes


Foro Desarrolladores del libro de clases digital

Bienvenido al foro para desarrolladores del libro de clases digital, el cual se encuentra orientado a responder las inquietudes de personas de perfil técnico que deseen implementar el libro de clases digital adheridos al Estándar de Datos para la Educación.


Aquí podrá encontrar respuesta a las principales consultas que nacen cuando se desea desarrollar y/o adaptar los software de gestión administrativos o pedagógicos al Estándar de Datos para la Educación que Mineduc estableció a través de la REX N° 3335/2020 y que la Superintendencia de Educación adoptó a través de la CIRCULAR N° 30/2021.


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Foro usuarios del libro de clases digital

Bienvenido al foro para usuarios del libro de clases digital, en el cual se encuentra orientado a responder las inquietudes de: Sostenedores, Directivos, Docentes y personas sin perfil técnico relacionadas al sistema escolar.


Aquí podrá encontrar respuesta a las principales consultas que nacen cuando se desea implementar o usar el libro de clases digital adherido al Estándar de Datos para la Educación que Mineduc estableció a través de la REX N° 3335/2020 y que la Superintendencia de Educación adoptó a través de la CIRCULAR N° 30/2021.


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¿Por qué un libro de clases digital?

La nueva Circular de Registros de la Superintendencia de Educación, publicada mediante la Resolución Exenta N°30 este 14 de enero de 2021, abre la posibilidad para que los establecimientos educacionales que lo deseen puedan utilizar el libro de clases digital. La nueva definición se impulsa como parte del “Plan Todos al Aula” puesto que permitirá a las escuelas y liceos disminuir de forma importante la carga administrativa, permitiendo a docentes y equipos directivos avanzar hacia un sistema digital, rápido y fiable de registros de asistencia y de cumplimiento de los planes y programas de estudio. Además, gracias al registro digital de los datos y su actualización permanente, los establecimientos que opten por el nuevo sistema podrán ampliar sus posibilidades para tomar decisiones basadas en información, con impacto en aprendizajes. Por último, la implementación del libro de clases digital facilitará los procesos de fiscalización de la Superintendencia de Educación, contribuyendo nuevamente a disminuir la carga burocrática.

¿Es obligatorio operar ahora con el libro de clases digital?

El uso del libro de clases digital es opcional pero altamente recomendado por las ventajas que ofrece. En otras palabras, los establecimientos pueden mantener sus registros en papel. Sin embargo, para efectos de la fiscalización deberán escoger uno de los dos formatos, no ambos.


El libro de clases en formato digital ofrece una serie de ventajas prácticas frente a los registros en papel. Por ejemplo, permite accesos simultáneos y no será necesario ordenar los nombres de los estudiantes por orden alfabético, ya que se podrán reordenar según la conveniencia del usuario. Además, debido a la infinidad de información que permiten almacenar las plataformas digitales, los establecimientos podrán ingresar otros antecedentes que pueden ser de su utilidad.

¿Desde cuándo se puede utilizar el libro de clases digital?

La invitación es a que los establecimientos implementen desde ya, durante 2021, el libro de clases digital.


Con el objeto que las escuelas y liceos puedan implementar sus registros digitales con softwares, plataformas o aplicaciones que cumplan con el estándar nacional de datos para la educación definido por el Mineduc, la circular entrará en vigencia, en lo que a los registros digitales se refiere, a contar del inicio del año escolar 2022.


De esta forma, 2021 puede considerarse como un año para marcha blanca en términos de que no se exigirán los nuevos requisitos informáticos del libro de clases digital, pudiendo el establecimiento referirse a lo descrito en la anterior circular (Circular n°1 de la Superintendencia de Educación).


En caso de optar por el formato digital, los establecimientos podrán usarlo desde comienzos del año escolar 2021. También podrán realizar el cambio de papel a digital durante el transcurso del año, en cuyo caso deberán previamente traspasar a la plataforma digital la información registrada anteriormente en el papel.

¿Cómo se “firma” el libro de clases digital?

La “firma” en el libro de clases digital presenta una diferencia práctica importante en relación a cómo opera en el papel. Mientras que en libro de clases en papel los docentes firman sus registros de puño y letra, en el libro de clases digital dicha “firma” operará mediante un “verificador de identidad” el cual entrega un código dinámico personal, de forma similar al utilizado en las operaciones bancarias.

Antes de comenzar a usar el libro de clases digital, el establecimiento deberá asegurar que cada docente cuente con su “verificador de identidad”. Para habilitar dicho verificador deberán primero contar con Clave Única, la que pueden activar según lo indicado en claveunica.gob.cl. Luego de eso, cada persona deberá ingresar al siguiente link tramites.mineduc.cl para su registro.


En ede.mineduc.cl/usuarios puede encontrar mayor detalle acerca de los tres pasos necesarios para el registro de los docentes.

¿Qué información debe contener el libro de clases?

La nueva circular de la Superintendencia de Educación establece los requerimientos mínimos que los establecimientos con reconocimiento oficial del Estado deberán cumplir para utilizar el libro de clases digital.


En términos de los registros de la información, la circular establece que serán los mismos que en el registro en papel, aunque en el caso de las plataformas digitales existirá mayor libertad en los formatos debido a su versatilidad..


Los contenidos mínimos que debe contener el libro de clases, ya sea en la versión física o digital, son:

  • Registro de antecedentes generales de los alumnos y alumnas.

  • Registro de control de asignatura.

  • Registro de control de asistencia.

  • Registro de evaluaciones y subsectores educativos.

  • Registro de anotaciones de convivencia escolar por estudiante.

  • Registro de atención de profesionales en aula común y PIE.


La circular establece en detalle los requisitos específicos sobre el tiempo y forma en que deberán registrarse distintas actividades en el libro de clases digital.

¿Cómo elegir un libro de clases digital?

El sostenedor podrá elegir libremente el software de gestión que desee utilizar para registrar la información solicitada, siempre que el sistema seleccionado cumpla con lo exigido por la circular. Algunas de las exigencias descritas para libros de clases digitales son: usar el estándar de datos para la educación (descrito técnicamente en ede.mineduc.cl); contar con información exportable; generar registros de todas las acciones que se realicen en el software, tales como los ingresos, modificaciones o eliminación de datos; y asegurar el respaldo de toda la información durante, al menos, cinco años para su eventual fiscalización.


El Ministerio de Educación no cuenta con un registro de libros de clases digitales, ni emite opinión sobre las ventajas de uno u otro software. Cada sostenedor deberá consultar a proveedores de software educativo por las soluciones que ofrecen.


Sin perjuicio de lo anterior, el Ministerio de Educación a través del sitio web ede.mineduc.cl/usuarios entrega a los sostenedores una herramienta que permite verificar el cumplimiento de las normas de cada software de gestión.

Consideraciones finales

Si requiere una guía o mayor información sobre cómo implementar el libro de clases digital, puede contactar al Centro de Innovación al correo innovacion@mineduc.cl


Ante cualquier contradicción entre la circular y lo aquí referido, la información oficial es aquella presente en la circular. Ante dudas sobre su aplicación, deberá contactarse con la Superintendencia de Educación.


La Circular de la Superintendencia de Educación se puede encontrar aquí.